En el México democrático y pluralista de hoy, pocos temas han visto un desarrollo legal y cultural tan rápido y tan amplio como el de la transparencia. A partir de la publicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, las Entidades Federativas –Veracruz entre ellas– se han ido incorporando a la era de la transparencia; el andamiaje legal que la sustenta y los esfuerzos de los Estados líderes en este aspecto, se ve ahora fortalecido con la reforma al Artículo 6° de la Constitución Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de julio de 2007, en el cual, se eleva a rango constitucional el derecho a la información. Con ello se confirma un principio democrático básico, que consiste en que todo acto de gobierno debe estar sujeto al escrutinio público.


1. Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la siguiente información pública de conformidad con los lineamientos que expida el Instituto al inicio de cada año o dentro de los siguientes veinte días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado.

OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA QUE NO CORRESPONDEN CUMPLIR AL PODER JUDICIAL

FORMATOS DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN Y ACCESO O CORRECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

CALENDARIO QUE MARCA LOS DÍAS DE SUSPENSIÓN DE LABORES DEL AÑO EN CURSO EN EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE


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