CIRCULAR NO. 30 – CJ
SE AUTORIZAN LOS DÍAS UNO Y DOS DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO COMO DÍAS INHÁBILES PARA TODO EL PERSONAL QUE LABORA EN LOS DISTRITOS JUDICIALES DE COATEPEC, CÓRDOBA, ORIZABA, VERACRUZ, XALAPA Y JUZGADO ESPECIALIZADO PARA ADOLESCENTES, CON RESIDENCIA EN LA CONGREGACIÓN DE PALMA SOLA, MUNICIPIO DE ALTO LUCERO, VERACRUZ.