CIRCULAR NO. 34
SE AUTORIZAN LOS DÍAS VEINTISÉIS Y VEINTISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO COMO DÍAS INHÁBILES PARA TODO EL PERSONAL QUE LABORA EN LOS JUZGADOS DEL DISTRITO JUDICIAL DE JALACINGO, VERACRUZ.
SE AUTORIZAN LOS DÍAS VEINTISÉIS Y VEINTISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO COMO DÍAS INHÁBILES PARA TODO EL PERSONAL QUE LABORA EN LOS JUZGADOS DEL DISTRITO JUDICIAL DE JALACINGO, VERACRUZ.