Presentación

Acorde al texto de la disposición contenida en el artículo 40 del Pacto Federal, el artículo 1° de la Constitución Política Local, establece, que el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave es parte integrante de la Federación Mexicana, libre y autónomo en su administración y gobierno interiores. Señala, también, en su artículo 17, que el Poder Público del Estado es popular, representativo y democrático, y para su ejercicio se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

El Poder Judicial, es el garante de la constitucionalidad en el Estado, y tiene a su cargo, como función primigenia, la tarea de administrar justicia en el territorio veracruzano.

Para el desempeño de sus funciones, el Poder Judicial se deposita en un Tribunal Superior de Justicia y un Tribunal de Conciliación y Arbitraje quienes encabezan los órganos jurisdiccionales. Mientras los órganos administrativos son mandatados por la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia y el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial, así dispuesto en los artículos 55 de la Constitución Local, y 2° de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.

La sede oficial del Poder Judicial del Estado es la ciudad de Xalapa, Enríquez. Desde agosto de 1999, el Palacio de Justicia alberga en sus instalaciones al Tribunal Superior de Justicia, al Tribunal de Conciliación y Arbitraje, y al Consejo de la Judicatura.

Una de las atribuciones del Poder Judicial, es la de dictar las medidas procedentes para que la administración de justicia sea pronta, expedita y completa; la percepción que la sociedad tenga de ello, depende de la utilización adecuada y eficiente de los recursos humanos y tecnológicos disponibles; que habrá de mostrar, de manera transparente, la forma en que operan sus órganos jurisdiccionales y administrativos.

El pasado 10 de abril de 2017 fue aprobado el Plan de Desarrollo de la Impartición de Justicia del Poder Judicial del Estado 2016-2019, expuesto por el Magistrado Presidente Edel Humberto Álvarez Peña, el cual es el documento maestro que rige y orienta los esfuerzos del Poder Judicial, en él se establecen 3 ejes rectores y 20 líneas de acción.

En estricto apego a las directrices establecidas se busca alcanzar, entre otros, los siguientes objetivos:

  • Realizar la sistematización de procesos jurisdiccionales y administrativos, que permitan la impartición de justicia pronta y expedita.
  • Fortalecer el cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia y de Acceso a la Información Pública, así como la rendición de cuentas para que el servicio otorgado sea accesible a los veracruzanos.

En el Plan de Desarrollo de la Impartición de Justicia, en su primer eje rector en la impartición de justicia estatal, se hace hincapié en la restructuración normativa administrativa y sistematización, el cual se ejecutará a través de diversas líneas de acción, que en este caso, nos atañe el establecido bajo el numero 1.1 Reformas al marco normativo del Poder Judicial, por lo que resulta tema fundamental en la impartición de justicia, la modernización de los procesos inherentes a esta función.

Ahora bien, con la publicación de la Ley 615 Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave en el número extraordinario 058, publicada el 8 de febrero del 2018 en la Gaceta Oficial del Estado y consecuente entrada en vigor, resulta de vital importancia la definición de los procesos administrativos de cada uno de los órganos auxiliares del Consejo de la Judicatura, mediante la actualización y restructuración tanto del marco legal como de la normatividad administrativa que regula su actuación.

Bajo esta premisa,  se crea el presente Manual Especifico de Organización, el cual es una de las acciones puntuales, prontas y coordinadas, que tienen como finalidad, optimizar la gestión judicial de manera eficiente y transparente, teniendo como objetivo principal fortalecer la actividad de la Dirección de la Defensoría y Registro Estatal de Peritos a través de la restructuración normativa y administrativa, que sentará las bases de una institución funcional, con respeto irrestricto a la legalidad y que otorgue certeza a la sociedad que así lo demanda.

Se formula con la finalidad de servir como un instrumento de respuesta a las necesidades de consulta, difusión y apoyo en la simplificación administrativa, concentrando en un solo documento: las atribuciones, estructuras, funciones, niveles jerárquicos, grados de autoridad, responsabilidad, canales de coordinación de cada puesto que integra la Dirección de la Defensoría y Registro Estatal de Peritos, logrando que la ciudadanía en general así como cada servidor público que integra la misma, pueda consultar la información sobre las funciones que les corresponde desempeñar en el ámbito de su competencia.

Sólo después de instituida la ley se puede hablar de justicia y de injusticia.

Friedrich Nietzsche