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    Acorde al texto de la disposición contenida en el artículo 40 del Pacto Federal, el artículo 1° de la Constitución Política Local, establece, que el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave es parte integrante de la Federación Mexicana, libre y autónomo en su administración y gobierno interiores. Señala, también, en su artículo 17, que el Poder Público del Estado es popular, representativo y democrático, y para su ejercicio se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

    El Poder Judicial, es el garante de la constitucionalidad en el Estado, y tiene a su cargo, como función primigenia, la tarea de administrar justicia en el territorio veracruzano.

    Para el desempeño de sus funciones, el Poder Judicial se deposita en un Tribunal Superior de Justicia, en un Tribunal de Conciliación y Arbitraje; así como en los Juzgados de Primera Instancia, Menores, Municipales, de Comunidad y en la Comisión Jurisdiccional de Menores Infractores. Así lo disponen los artículos 55 de la Constitución Local, y 2° de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.

    La sede oficial del Poder Judicial del Estado es la ciudad de Xalapa, Enríquez. Desde agosto de 1999, el Palacio de Justicia alberga en sus instalaciones al Tribunal Superior de Justicia, al Tribunal de Conciliación y Arbitraje, y al Consejo de la Judicatura.

    Una de las atribuciones del Poder Judicial, es la de dictar las medidas procedentes para que la administración de justicia sea pronta, expedita y completa; la percepción que la sociedad tenga de ello, depende de la utilización adecuada y eficiente de los recursos humanos y tecnológicos disponibles; en ese marco, se presenta a consideración de la ciudadanía veracruzana, la nueva página del Poder Judicial del Estado, que habrá de mostrar, de manera transparente, la forma en que operan sus órganos jurisdiccionales y administrativos.


    Sólo después de instituida la ley se puede hablar de justicia y de injusticia.

    Friedrich Nietzsche