Publicar a más tardar a los 30 días posteriores a la conclusión de las evaluaciones, los resultados de las mismas e informar sobre las personas que realizaron dichas evaluaciones. |
Artículo 79, párrafo segundo |
Resumen Ejecutivo de la Evaluación Especifica del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados del Distrito Federal (FASP) |
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